DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente Oposición al Embargo Ejecutivo practicado en fecha 16 de Enero de 2008, intentada por la ciudadana GIOVANNA BEATRIZ ANTONINI VILLARRUEL. SEGUNDO: Se ordena la continuación de la presente causa, la cual se encuentra en etapa de ejecución de la sentencia recaída en el juicio principal. TECERO: Se ordena notificar a las partes de la presente decisión.- CUARTO: Se condena en costa a la parte perdidosa en la presente incidencia de Oposición de Embargo.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del .....