Por los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de que sea agregado a los autos y admitido el escrito de pruebas de la parte demandante, presentado por la abogada Carmen María Herrera, inscrita en el Inpreaboado bajo el Nro.27.150, y del mismo modo que se continúe con los lapsos procesales subsiguientes, al presente procedimiento, una vez notificadas las partes de esta decisión. Notifíquese a las partes.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE, DIARICESE, DEJESE COPIA y NOTIFIQUESE.
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. EN Maturin, a los veintinueve (29) días del mes de Marzo del año dos mil doce (2.012).-
El Juez.....