DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos que preceden, esta Sala Especial Accidental de la Sección de Adolescentes de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados FRANCISCO CERNADAS y VERÓNICA NÚÑEZ, defensores privados del adolescente (Identidad omitida, artículos 65 y 545 LOPNA), en contra de la decisión dictada en fecha 09 de marzo de 2004, por el Juzgado Segundo de Control de la Sección de Adolescente del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. SEGUNDO: Se Confirma la decisión referida ut supra.
Regístrese, déjese copia y remítase en su debida oportunidad.
LA MAGISTRADA PRESIDENTA
IRIS BRITO DE PARRA
EL MAGISTRADO y PONENTE
ALEJANDRO JOSÉ PE.....