En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA la transacción celebrada en el juicio que por Desalojo, sigue el ciudadano FRANCO ANTONIO REA RODRÍGUEZ, contra la ciudadana LUZ MARINA NIÑO HERNÁNDEZ. Y en consecuencia, le imparte carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.