Se dictó sentencia y se declaró DESISTIDO el recurso de apelación formulado por el ciudadano RAFAEL ANTONIO ARVELAEZ, en su carácter de Gerente de Operaciones de la parte demandada, la empresa PLITEX CENTRO C.A., asistido por el abogado QUIRO RAFAEL ARVELAEZ, Inpreabogado N° 29.265, y CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada ISABEL TERESA RIVERA MEJIA, Inpreabogado Nro. 101.027, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, la ciudadana VIVIANA BOUSTANIE DE DIAZ, en contra de la sentencia emitida en fecha nueve (09) de marzo del 2010, publicada el dieciséis (16) de marzo del mismo año, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales