Asigna un régimen de prueba de UN (1) AÑO, contados a partir del día 13.04.2011, en tal sentido esta Juzgadora le impone de conformidad con lo establecido en el articulo 44 numerales 1, 6 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, las siguientes condiciones: A) Residir en un lugar determinado siendo el mismo el manifestado anteriormente, debiendo presentar constancia de ello a cada seis meses ante el Delegado de Prueba y en caso de cambio deberá, previamente, manifestarlo de inmediato al Tribunal. B) Prestar servicio o labor a favor del Estado, por lo que se ordena oficiar al Equipo Interdisciplinario de los Tribunales de Violencia, a los fines que sea insertado en grupo de trabajo comunitario. C) Permanecer en un trabajo o empleo determinado, debiendo consignar cada seis meses constancia de ello ante el delegado de prueba, o en su defecto balance personal expedido por un contador público. Se acuerda Oficiar al equipo de Apoyo Técnico, con sede en el edificio sede del Ministerio del Tr.....