DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por la Fiscal Sexagésima Séptima (67°) del Ministerio Público, Abg. Aurilay Hernández Pérez, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 22 de mayo de 2006, mediante la cual declaró la nulidad absoluta de todas las actuaciones, de conformidad con el artículo 24 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 26 ejusdem y 420 numeral 1° del Código Penal, en concordancia con el artículo 413 del referido texto sustantivo, quedando en consecuencia Revocada la decisión recurrida, debiendo remitirse el expediente al Ministerio Público a los fines de la aplicación de los artículos 300 al.....