se proceda a acumular los expedientes 28.849 y 28.818 y por cuanto existe en este Tribunal expediente N° 28.818, contentivo del juicio de Cobro de Bolívares (vía intimación) propuesto por TRANSPORTE, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS , C.A., contra CONSTRUCCIONE DIAZ & SALVE,C.A. (CODISA), de fecha 26 de Septiembre de 2005 y en fecha 11 de octubre del mismo año 2.005, fue admitida demanda igualmente de Cobro de Bolívares (vía intimación) propuesto por TRANSPORTE, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS, C.A., contra CONSTRUCCIONE DIAZ & SALVE, C.A. (CODISA) , signada bajo el No. 29.849 de la nomenclatura interna de este Tribunal y visto que las partes y motivos son idénticos y a los fines de garantizar los principios de celeridad y economía procesal y por cuanto ambas causas , se encuentran en el estado de ejecución forzosa y por cuanto en el expediente No. 28.849,ya fue ordenada la ejecución forzosa sobre el mismo bien que se solicita en el expediente 28.818, es por lo .....