GOM/RRESOLUCIÓN/DESISTIMIENTO CURATELA DH/Se dictó resolución en la cual este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, considera DESISTIDA la presente solicitud de nombramiento de Curador Ad Hoc, incoada por la abogada LEFFY RUÍZ MEDINA, en su carácter de Fiscal Centésima Segunda (102°) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a solicitud de la ciudadana YOSELIN SUSANA RONDÓN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-18.709.410, actuando en representación de sus hijos, los niños [...] y [...], de tres (03) y dos (02) años de edad, respectivamente, y la declara TERMINADA, en consecuencia, se ordena el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto, conforme al art. 514 de la LOPNNA.R/.....