este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio en materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer del presunto asunto penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y en CONSECUENCIA se plantea CONFLICTO DE NO CONOCER, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena la remisión de copia certificada de la presente decisión al Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, a los fines de que manifieste a la Corte de Apelaciones del estado Monagas, sus argumentos en relación al presente conflicto de competencia. TERCERO: Se ordena la remisión inmediata de l.....