III
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Desalojo por falta de pago intentada por la Ciudadana: MARY LUX RAMOS MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.: V-8.726.873 contra: CARMEN ODALIS CARRASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.: V-15.221.763. SEGUNDO: Se ordena el desalojo y consecuente entrega material del inmueble objeto de arrendamiento, libre de personas y cosas, el cual se encuentra constituido por un apartamento distinguido con las siglas 53, que forma parte del Edificio ORAM VII, piso 5, ubicado en la calle Froilan Correa cruce con calle Sucre No.:54 de la ciudad de Cagua Municipio Sucre del Estado Aragua, ubicado en la cuarta planta del.....