En este estado siendo las 10:42 a.m., la apoderada judicial de la parte actora, señala para ser embargada preventivamente la cantidad dineraria que se encuentra en la cuenta Nº (se omite) de la sociedad mercantil MEGA PRECIO 2001, C.A., por la cantidad líquida de la demanda. En este estado este tribunal ordena al notificado acceder por medio de su Terminal número (se omite), a la cuenta antes señalada y verificar los datos del cuentahabiente. En este estado siendo las 10:42 a.m., el notificado procedió a verificar conjuntamente con el juez ejecutor la cuenta corriente Nº (se omite), de la agencia Cagua, lo cual se constató que sí pertenece a la parte demandada y que la misma no posee fondos para cubrir la cantidad dineraria indicada en la comisión, siendo su saldo a la presente fecha la cantidad de Cero bolívares. Seguidamente, el Gerente antes identificado, manifestó que la referida cuenta bancaria se encuentra inactiva. Acto seguido la apoderada judicial de la parte actora, solici.....