Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial ut supra señaladas, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO intentada por el ciudadano CORNELIO PENNER GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.684.648, contra la Sociedad Mercantil Academia Da’ Bel GIRALT S.R.L representada por la ciudadana BELKYS ALBERTINA LOPEZ DE GIRALT, titular de la cédula de Identidad Nro. 3.827.053.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 24 de abril de 2014, por el Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, recaída en el juicio de RESOLUCION DE CONTRATO mediante la cual declaró Con Lugar la referida demanda.
TERCERO.....