En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el reconocimiento de contenido y firma solicitado por la ciudadana la ciudadana la ciudadana MAURY ADELMIRA MOTA CASTILLO, identificada la cedula de identidad N° V-12.569.890, contra la ciudadana SOLANGEL MERCEDES DE LA COROMOTO TORRES OLIVERO, identificada con la cedula de identidad N° V-9.667.947, se inició con demanda admitida por auto de fecha 07 de febrero del 2025, Y ASÍ SE DECIDE.