SANCIONA CONFORME AL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISION DE LOS HECHOS, al adolescente ANDERSON ARMANDO SUFIA SINGH, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Articulo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, y en consecuencia lo CONDENA a cumplir la sanción de SEIS (06) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, dejando expresa constancia que el referido acusado quedará detenido en el Internado Judicial de esta Ciudad por encontrarse a la orden del Tribunal 3° de Juicio de adultos de este Circuito, en el asunto N° NP01-P-2012-004548.