Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS presentada por los ciudadanos Alexander Javier Matheus y Dayana Rafaela Gudiño Torres, venezolanos, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V- 15.216.784 y V- 18.275.296, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Pablo Jiménez R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 148.397, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos Alexander Javier Matheus y Dayana Rafaela Gudiño Torres, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 24/09/10, todo ell.....