´Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoado por la ciudadana: CARMEN EDILIA ARAUJO PEÑA, titular de la cédula de identidad Nro 13.932.695, contra la ciudadana: CARMEN LUCIA PERDOMO DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.960.100,en consecuencia, QUEDA RECONOCIDO JUDICIALMENTE el documento privado contentivo de la venta del inmueble constituido por Un inmueble ubicado en la Urbanización BASE SUCRE, calle 03, distinguida con el N° 0893, Parroquia Los Tacariguas, Municipio Girardot del Estado Aragua, código catastral Nro. 01-05-03-08-U1-013-056-009-000-000-000.Así se decide
No hay condenatoria.....