´DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Palo Negro, Municipio Libertador del estado Aragua, la cual corre inserta bajo el Nº 234, folio Nº 118 de fecha 15 de Junio de 1959, de los libros de nacimientos correspondientes; presentada por la ciudadana VIRGINIA SUSANA GUTIERREZ ARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.211.946, asistida por la abogada MARIBEL ARAUJO, inscrita en el Instituto de Previsión del abogado bajo el N° 191.747. La cual previamente determinada queda así: por error material involuntario fue asentado el nombre de la madre de la solicitante .....