Por los razonamientos antes expuestos es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia emanada de las ciudadanas y ciudadanos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTES: la solicitud de PERENCIÓN DE LA INSTANCIA efectuada por la abogada YOJANA KARINA MENDEZ PEREZ, Inpreabogado 134.727, actuando en su propio nombre y representación.