IV. DISPOSITIVA.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La Inadmisibilidad de la demanda intentada por la COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, presentada por el abogado: DALFREDO ARGENIS GONZALEZ RIOS, matricula de inpreabogado N° 142.851 y de este domicilio, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana VILMA MARISOL RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.130.823 y de este domicilio, contra la Empresa Mercantil RESTAURANT LAS AMAZONAS y la persona natural OSCAR CORREA, en consecuencia perimido el proceso.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costa dada la índole de la decisión.