Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la excusa interpuesta por la ciudadana: CONSUELO SALAS, Titular de la Cédula de Identidad Nº 5.398.120, a tenor del articulo y 154 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, lo cual le impide comparecer a los actos que pudieran fijarse en el presente asunto.