En consecuencia, por la razones anteriormente expuestas, y por cuanto el nuevo proceso laboral, se rige por principios fundamentales guiados por normas constitucionales, que garantizan la tutela judicial efectiva de los justiciables, y corresponde a los órganos jurisdiccionales en cualquier instancia del proceso velar por el fiel cumplimiento de los derechos y garantías constitucionales, es por lo que, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, en uso de sus atribuciones declara: PRIMERO: LA PERDIDA A LA ESTADÍA A DERECHO. SEGUNDO: Se ordena librar boleta de notificación a la parte actora y a la demandada en la persona del Director del Instituto Autónomo Municipal del Deporte Revenga, y al MUNICIPIO JOSÉ RAFAEL REVENGA DEL ESTADO ARAGUA, en la persona del ALCALDE y SINDICO MUNICIPAL, a los fines .....