En razón de lo expuesto precedentemente este TRIBUNAL OCTAVO DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRUITO LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente proceso incoado por los ciudadanos ABRAHAN EMILIO APONTE LOPEZ y CARLOS ALFONZO RAMIREZ TORRES, titulares de la cédula de identidad Nº V-3.718.084 y V-2.896.319 respectivamente, contra el MUNICIPIO JOSÉ FELIX RIBAS, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, por lo que se considera extinguida la instancia y se ordenara el cierre y archivo del mismo por auto separado una vez transcurrido los lapsos correspondientes.