´En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO:CON LUGAR la solicitud de divorcio por desafecto formulado por el ciudadano JESÚS YSAAC RODRÍGUEZ TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.145.905, en contra de la ciudadana ZILA JITANIA GARCÍA SUMOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.266.372.
SEGUNDO:Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y contraído por ante el REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA ALFREDO PACHECO MIRANDA, MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, según acta de matrimonio Nº47, Tomo I, Folios 147 al 149, de fecha 02 .....