II
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente demanda de Ejecución de Contrato, interpuesta el ciudadano GUILLERMO CONTRERAS CAICEDO, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad número V-4.351.090, contra INVERSORA RO SAN, C.A, sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 8 de diciembre de 1.994, bajo el No. 75, Tomo 653-B, en la persona de su presidente ciudadano EDGAR DAVID SÁCNHEZ GIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. 402.045.
SEGUNDO: Se ordena levantar la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Tribunal en fecha 05 de junio de 1998 [Folio 14, Cuaderno de Medidas],.....