Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Enfermedad Ocupacional intentara el ciudadano JOSE ALEXANDER PEREZ, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.478.723, contra la Sociedad Mercantil TRABAJOS INDUSTRIALES Y MECANICOS C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 12 de junio de 1976, bajo el numero 37, Tomo 15-B; y en consecuencia SE CONDENA a la demandada, antes identificada, a cancelarle al ciudadano supra identificado, la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 20.000,00); por concepto de daño moral; como se especifico en la parte motiva de este fallo.
SEGUNDO: No se condena en costas a la parte acciona.....