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Decisiones del dia 29/11/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigesimo Segundo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 7] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31V2012000870 N° Sentencia : Fecha: 29/11/2012
Procedimiento:
Resolución De Contrato De Venta. Reserva Dominio
Partes:
BANCO DE VENEZUELA VS. ÁNDRES VILLEGAS GONZÁLEZ
Resumen:
Ahora bien, estudiadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, siendo procedente impartir la HOMOLOGACION al Convenimiento planteado.- Por las argumentaciones que se han dejado extendidas, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley imparte la HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO planteado, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dándosele el carácter de cosa juzgada.- Asimismo, se levanta la medida de Secuestro decretada sobre el vehiculo identificado como: "MARCA: FORD; MODELO: F-150 FX48 F-150 XLT AUTO; TIPO: PICK UP; AÑO: 2008; COLOR: NEGRO; USO: CARGA; SERIAL DE CARROCERIA: 1FRF04548KE04334; SERIAL DEL MOTOR: 8K04334; PLACA: 23LDBF; CLASE: CAMIÓNETA". Regístrese, Publíquese y Déjese Copia. Cúmplase.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del J.....
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Juzgado Vigesimo Segundo de Municipio
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N° Expediente : AP31M2012000014 N° Sentencia : Fecha: 29/11/2012
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
FOGADE VS.ANTONIO JOSÉ PELLEGRINOY SERGIO PELLEGRINO
Resumen:
Ahora bien, el Tribunal a los fines de pronunciarse sobre la homologación observa: Señala el artículo 1.713 del Código Civil: "La transacción es un contrato por el cual las partes, mediante recíprocas concesiones, terminan un litigio pendiente o precaven un litigio eventual". Asimismo, establece el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil: "Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución". Así las cosas, estudiadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, observa este Tribunal que la parte demandada en el presente juicio al momento de celebrar la transacción que nos ocupa se encontraba debidamente representada por profesional del derecho, ampliamente identificado en el escrito de Transa.....
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Juzgado Vigesimo Segundo de Municipio
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N° Expediente : AP31V2012001822 N° Sentencia : Fecha: 29/11/2012
Procedimiento:
Resoluciòn Contrato Arrendamiento
Partes:
INVERSIONES 4P LA GUAIRITA, C.A. VS. AUTOSERVICIOS TRIS C.A
Resumen:
Por las argumentaciones que se han dejado extendidas, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley imparte la HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN celebrada entre las partes en fecha 11 de octubre de 2012, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, dándosele el carácter de cosa juzgada.- Regístrese, Publíquese y Déjese Copia. Cúmplase.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintinueve (29) días del mes de noviembre del año dos mil doce (2012). Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.- LA JUEZ, Abg. FLOR DE MARÍA BRICEÑO BAYONA.- LA SECRETARIA Patricia,,,
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Juzgado Vigesimo Segundo de Municipio
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N° Expediente : AP31V2010004458 N° Sentencia : Fecha: 29/11/2012
Procedimiento:
Oferta Real
Partes:
CORPORACION DIGITEL, C.A. VS.BANK OF BOSTON INTERNATIONAL
Resumen:
Ahora bien, en el caso de autos debe señalarse que desde el día 17 de Abril de 2011, fecha en la que el Tribunal se trasladó a practicar la Oferta Real hasta la presente fecha, han transcurrido mas de un (01) año, sin que la parte actora haya realizado ningún acto de procedimiento, a los fines de continuar el curso de la Oferta Real de Pago y Depósito, por lo que no ha cumplido con su obligación de impulsar el proceso; todo lo anterior es traducido en inactividad procesal dentro de los preceptos sancionatorios previstos en el anteriormente trascrito Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, considerando este Tribunal que se da el mencionado presupuesto sancionatorio por inactividad de las partes, por lo que de conformidad con la referida normativa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio, produciéndose los efectos establecidos en los Artículos 270 y 271 del Có.....
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Juzgado Vigesimo Segundo de Municipio
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N° Expediente : AP31V2010004165 N° Sentencia : Fecha: 29/11/2012
Procedimiento:
Intimacion De Honorarios
Partes:
CARLOS A. ARENAS M. VS. RICHARD DEL JESUS LEIVA, Y OTROS
Resumen:
Ahora bien, en el caso de autos debe señalarse que desde el día 17 de noviembre de 2011, fecha en la que la parte actora abogado CARLOS A. ARENAS consignó copia del auto de admisión para librar las compulsas, hasta la presente fecha, han transcurrido mas de un (01) año, sin que la parte actora haya realizado ningún acto de procedimiento, a los fines de lograr la citación de la parte demandada, por lo que no ha cumplido con su obligación de impulsar el proceso; todo lo anterior es traducido en inactividad procesal dentro de los preceptos sancionatorios previstos en el anteriormente trascrito Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, considerando este Tribunal que se da el mencionado presupuesto sancionatorio por inactividad de las partes, por lo que de conformidad con la referida normativa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio, produciéndose los efectos establ.....
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Juzgado Vigesimo Segundo de Municipio
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N° Expediente : AP31S2012011419 N° Sentencia : Fecha: 29/11/2012
Procedimiento:
Declaracion De Unicos Y Universales Herederos
Partes:
JANIA DEL VALLE MEJIA MONSALVE
Resumen:
Ahora bien, de lo anteriormente trascrito se aprecia que la solicitante pretende ser declarada Única y Universal Heredera de los fallecidos, siendo que lo procedente en este caso es la declaración de herederos del padre premuerto, ELOY DE JESÚS MEJIA DURAN y posteriormente la del hermano, SERGIO ENRIQUE MEJIAS RIVERO, fallecido posteriormente, y no ambas a la vez, razón por la cual este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas declara INADMISIBLE la presente solicitud de Declaración de Únicos Universales Herederos. Y A SI SE DECIDE.- Asimismo, este Tribunal, ordena la devolución de los documentos originales, previa certificación en autos, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y su devolución al solicitante, una vez conste en autos los fotostátos requeridos para tal fin. LA JUEZ, ABG. FLOR DE MARIA BRICEÑO BAYONA LA SECRETARIA, ABG. DALIZ BERNAVI .....
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Juzgado Vigesimo Segundo de Municipio
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N° Expediente : AP31S2012005293 N° Sentencia : Fecha: 29/11/2012
Procedimiento:
Rectificación De Acta De Matrimonio
Partes:
MAXIMO FERNANDO GONZÁLEZ PEÑA
Resumen:
Visto el escrito presentado por el ciudadano, MAXIMO FERNANDO GONZÁLEZ PEÑA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.240.494, asistido por los abogados, JUDITH REDONDO ALFONZO y CARMEN MÁRQUEZ, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo los Nros. 78.320 y 115.953, respectivamente, mediante la cual solicita la Rectificación de su Acta de Matrimonio, identificada con el Nro. 418, expedida por la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, por cuanto la misma adolece de los siguientes errores: Que en ella se menciona el nombre de la contrayente como "LEIBA JOSEFINA CARRILLO CASTILLO", siendo lo correcto "LEIDA JOSEFINA CARRILLO CASTILLO"; que se el número de la cédula del contrayente se coloco: "V-6.240.464", siendo lo correcto "V-6.240.949"; igualmente se omitió el número de cédula de la contrayente, siendo la misma portadora de la c.....
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Juzgado Vigesimo Segundo de Municipio
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