Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay, en fecha 14 de febrero de 2019, y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano JOSE LUIS CASTILLO ESTEVES, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº V-12.570.764, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa. Nº 00541-16 de fecha 09 de noviembre de 2016, en el expediente N° 043-2015-01-04324 (nomenclatura de la Administración), por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT, MARIO BRICEÑO IRAGORRY, COSTA DE ORO, SANTIAGO M.....