DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA DE DETENCIÓN JUDICIAL para asegurar la comparecencia a la Audiencia Preliminar de conformidad con el Artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, al ciudadano, por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto en el artículo 374 en concordancia con el 99 con las circunstancias agravantes que prevé el Artículo 77 en sus numerales 1, 4, 8, 9 y 14 todos del Código Penal, quien deberá permanecer recluido en el Programa Socio-Educativo General José Francisco Bermúdez a la orden de este Tribunal. Se orden se siga el proceso por las reglas del procedimiento ordinario. Se Acuerda remitir las present.....