DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de fijación de obligación de manutención, incoado la ciudadana YULY ANDY ARTEAGA VELOZ Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 16.011.146, en beneficio de sus hijos ******,------,////////, contra el ciudadano JAVIER ALSECO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 13.700.193.-
En consecuencia, se fija judicialmente como Obligación de manutención, un porcentaje que debe ir ajustándose a la capacidad económica del obligado la cual se evidencia que era salario mínimo y por cuanto el Salario mínimo ajustado por Gaceta Ofici.....