En fecha 25 de enero de 2013, la abogada en ejercicio MARIANGELINA DEL VALLE VILA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 79.968, en su condición de apoderada judicial de la Industria Venezolana de Cemento (INVECEM) S.A, mediante actuación presentada por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial, solicita se reposición de la presente causa al estado de notificar a la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en virtud de que la empresa demandada pertenece al estado venezolano. Este Juzgado realizó la notificación a la entidad de trabajo, de conformidad a lo indicado por el abogado actor en su libelo de demanda, el cual omitió la información señalada por la representación de la parte demandada, no obstante a ello, esta rectora, una vez revisada las documentales presentadas por la parte demandada, donde se constata que la entidad de trabajo accionada.....