En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: SU COMPETENCIA para conocer de la presente acción autónoma de de Amparo Constitucional, incoada por el ciudadano Javier Alejandro Quintero Márquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.233.887, debidamente asistido de abogado por la profesional del derecho abogada Andriy Yubiri Tejada Parra, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 205.546, contra la Alcaldía del Municipio Ocumare de la Costa de Oro del Estado Aragua.
Segundo: SE ADMITE la Acción autónoma de de Amparo Constitucional propuesta, por cumplir con los requisitos formales exigidos en el Artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en consecue.....