Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer y decidir, el presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE POR INEPTA ACUMULACIÓN, el Recurso de Revisión presentado por el abogado DIXO ALVARO MONTIEL DELGADO, en su carácter de DEFENSA PRIVADA de la ciudadana SANDY DE JESUS RUBIO ALVAREZ, en su condición de PENADA, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1° del Código Penal en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y adolescentes, y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBL.....