Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de los Municipios Giradot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declara ¿ CON LUGAR ¿ la Cuestión Previa signada con el Ordinal 6° del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, por omisión del Ordinal 4° del Artículo 340 eiusdem, interpuesta, por la ciudadana BRIGITTE SCHONER, asistida por el Abogado CARLOS FIDEL GUERRERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 55.044, que por acción de DESALOJO, intentó el ciudadano GIUSEPPE CHIAZZESE, a través de su Apoderado Judicial Abogado ZHONIA VIVAS MARCIALES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 55.628.
En fuerza de lo antes expuestos, se le ordena al
Demandante subsanar la Cuestión Previa declarada con lugar y como consecuencia de ello, se suspende el presente proceso, en conformidad con el Artí.....