Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO CON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por Accidente de Trabajo incoara el ciudadano: HERB RANDOLLPH CARUZI MENDOZA, titular de la cedula de identidad Nro. V- 12.480.597 en contra de la Sociedad de Comercio: INDUSTRIAS UNICON C.A. plenamente identificados en autos. En consecuencia, se condena a la Empresa a pagar la cantidad de: QUINCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. 15.986,oo).