Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar el inmueble que se identifica a continuación: el Barrio Piñonal Sur, Calle Lara, N° 21, segunda planta, en el Municipio Girardot libre de personas, en el mismo estado, en el cual lo recibió.
SEGUNDO: Pagar las costas del presente proceso.-
Publíquese regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay a los 30 días del mes de Marzo de dos mil nueve.- Año 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
La Juez,
Abg. Mary Fernández Paredes
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