Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Nulidad de Acta Administrativo interpuesto por el INSTITUTO DE PREVISION DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (I.P.P.U.C.V.), en contra de la Providencia Administrativa Nº 00275-13, de fecha 03 de junio de 2013, emanada la de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro y Libertador del Estado Aragua, en el expediente administrativo Nº 043-12-01-000639 (Nomenclatura de la Inspectoría), que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por la ciudadana MARLENE JOSEFINA FERNANDEZ HERRERA, titular de la cédula de identidad Nº V-7.282.459. SEGUNDO: Se confirm.....