DECLARA procedente la solicitud formulada por el ciudadano Fiscal Sexto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Aragua y se LEVANTA la medida de incautación preventiva de la mercancía recabada en el presente procedimiento. Por consiguiente, SE ACUERDA la entrega de dicha mercancía. Notifíquese las partes de la presente decisión. Ofíciese a Funda-Aragua y a la Dirección de Inteligencia y Estrategias Preventivas del Instituto de la Policia del Estado Bolivariano de Aragua.