DECISION
Por todos los razonamientos antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, presentada por el ciudadano JOSÉ CARMEN ROJAS GAMBOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V 1.574.411, se ordena que se rectifiquen los errores denunciados de la manera siguiente: donde aparece el nombre del cónyuge JOSÉ DEL CARMEN, debe decir "JOSE CARMEN", igualmente donde indica su lugar de nacimiento que aparece " SAN ANTONIO DEL TACHIRA, ESTADO TACHIRA", debe decir " CUCUTA, DEPARTAMENTO DEL NORTE DE SANTANDER, REPÚBLICA DE COLOMBIA" que es lo correcto; SEGUNDO :Ofíciese lo conducente a los funcionarios civiles correspondientes, remitiéndoles copia certificada de la presente decisión.....