Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en estricto acatamiento de los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda con motivo de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, incoada por el BANCO DE VENEZUELA, S.A., en contra de la Sociedad Mercantil DANIELA VALENTINA CONSTRUCCIONES, C.A., (DAVAS CONSTRUCCIONES, C.A). En los términos expresados se REVOCA la sentencia de fecha 25 de Noviembre de 2.013 proferida por el Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio PORFIRIO GUZMAN RODRIGUEZ, en .....