-III-
Por las razones anteriormente expuesta, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTOS MICHELA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en Las Tejerías, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio con fundamento en el artículo 185-A, del Código Civil Venezolano, introducida por los ciudadanos: CARLOS AUGUSTO MOREIRA DE ALMEIDA y SARA CANDELARIA BOGADO DE MOREIRA, Venezolanos, mayores de edad, Divorciados y, titulares de las cédulas de Identidad Nos- V-12.415.046 y V-10.363.864, respectivamente, ambos de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio SERGIO ARMANDO MENA HERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.359.361, respectivamente, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el N° 81.556. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VÍNCUL.....