UNICO: Declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el 27-5-2009 por el Abg. ROQUE MORA, en su carácter de Defensor de JOSE MANUEL ORTEGA GUERRERO, de conformidad con el literal "c" del artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el último aparte del artículo 196 eiusdem.