Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos, tiene incoada el Ciudadano MANUEL CONCEPCION GONZALEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.564.381 y CONDENA a la sociedad mercantil ASSIAH, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el N° 79, Tomo 45-A, de fecha 02 de Octubre de 2002, representada por la ciudadana YUNABETH DE LOS ANGELES GOVEIA, titular de la cédula de identidad N° V-11.977.283, en su carácter de DIRECTORA GERENTE; a cancelar la suma de VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE .....