Este Tribunal, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara con lugar la Revisión de la Medida acordada al ciudadano JOSE DEL JESUS SIFONTES LEAL, titular de la cédula de identidad Nº 12.131.875, y acuerda concederle la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad consistente en DETENCION DOMICILIARIA, en domicilio aportado por la Defensora Privada Abogada KIMBERLY IBAÑEZ en su oportunidad y quien quedará residenciado en la Calle La Antena, Casa S/N, Sector las Delicias, Temblador, Municipio Libertador del Estado Monagas, con supervisión policial contemplada en el ordinal 1º del Artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, quien debe practicar Informe Médico Legal cada treinta (30) días contados a partir de la notificación de la presente decisión.-