En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, siendo competente esta Juzgadora, procede a dictar decisión, de la manera siguiente: Este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Primero de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al acusado JHONNY JOSE VITAL COLMENARES, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-15.544.775, nacido en fecha 04-08-1981, de 41 años de edad, de profesión u oficio: comerciante, residenciado en: CALLE JOSE FELIX RIVAS, CORAPAL SECTOR CARAVALLEDA, MAIQUETIA ESTADO LA GUAIRA, teléfono: 0424-2690655, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el articulo N° 83 del código penal, y así se decide. SEGUNDO: En virtud de la Sentencia Absolutoria se acuerda la Libertad Plena e inmediata SIN RESTRICCI.....