Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO EN CONTENIDO Y FIRMA incoada por el ciudadano: ERWIN ENRIQUE HERNANDEZ PINEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.363.857, en su condición de Comprador. Y la ciudadana: LONIRVIA JOSEFINA PINEDA LOPEZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.246.475; en su carácter de Vendedor.
SEGUNDO: RECONOCIDO EL CONTENIDO Y FIRMA del documento de COMPRA-VENTA PRIVADO, sobre un inmueble constante de un terreno y unas bienhechurías, propiedad de la ciudadana demandada, según consta en documento Protocolizado ante la Oficina Subalterna del Registro Público Del Segu.....