DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 02 de septiembre de 2008, por la abogada Tibisay Teresa Betancourt Borregales, Defensora Pública Penal Quincuagésima Segunda del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia CONFIRMA la decisión dictada el 25 de agosto del corriente, por el Juzgado Cuadragésimo Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad al ciudadano Ángel Antonio Estrada Cera, conforme a lo preceptuado en los artículos 250.1.2.3, 251.2.3 y 252.2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de violación, sancionado en el artículo 374 del Cód.....