DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, eterminándose que hasta el día de hoy ha cumplido DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) DIAS le falta por cumplir UN (01) AÑO ONCE (11) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS, DE PRIVATIVA DE LIBERTAD, por cuanto el sancionado hasta este momento procesal no ha cumplido íntegramente con las metas y estrategias señaladas a largo plazo en el plan Individual. Asimismo se acordó realizar las diligencias pertinentes a los fines de tomar una cita al médico Forense psiquiátrico ubicado en la Ciudad de Cumana, a los fines de que evalué al sancionado de auto Se declara sin lugar la sustitución de la medida privativa de libertad solicitada por l.....