Primero: Admitir la acción principal contenida en el recurso contencioso administrativo Funcionarial conjuntamente con Medida Cautelar, interpuesto.
Segundo: Ordenar practicar la notificación de la admisión del recurso interpuesto, bajo Oficios la Procuradora General de la Republica, conminándole a dar contestación a la querella, dentro del lapso de quince (15) días de despacho, transcurridos como hayan sido quince (15) días hábiles contados a partir de la constancia en autos de haberse practicado su citación, a tenor de lo previsto en el artículo 82 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, remitiéndole copia certificada del escrito recursivo y de los recaudos que cursan en original, con inserción del presente auto; igualmente se acuerda oficiar al Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Peales y Criminalisticas, conminándole a dar contestación a la querella, dentro del lapso de quince (15) días de despacho, transcurridos como haya.....