Por tanto, con esa actuación de los ciudadanos RODERICK HUMBERTO ROJAS ANGULO y ANGIE NATALY PIERI DE ROJAS, se podría afectar directamente el ejercicio de derechos de rango superior de sus hijas correspondiente a ciertas instituciones familiares: como la manutención; el régimen de visitas, guarda y custodia, etc. Al omitir la existencia de sus propios hijos para así evitar que sean los tribunales especiales en la materia quienes conozcan de esta solicitud, se han puesto a espaldas de la Justicia; situación que no puede ser tolerada; más aún, estando la justicia ubicada dentro de los valores superiores que refundan el Estado (art.2º CRV). En cuanto a la actuación del abogado que asiste a los solicitantes, por el principio de inocencia, puede tenerse (en principio) en desconocimiento de la situación que nos ocupa; de lo contrario, deberá responder disciplinariamente en caso de haber convalidado o recomendado a los solicitantes la omisión (de la existencia de hijos) que nos ocupa para ev.....